¿Cuánto cuesta realmente vender un inmueble al vendedor?

Cuando vas a poner un inmueble en venta, normalmente te concentras siempre en el precio que quieres poner, y en el beneficio que vas a obtener. Sin embargo, debes tener en cuenta que no solo el comprador tendrá que asumir una serie de gastos y pago de impuestos por la compra, sino que también tú, como vendedor, tendrás obligaciones fiscales que pueden suponer más o menos dinero dependiendo del valor del inmueble vendido.

Y, ¿cuáles son estos gastos?

Ante la pregunta de cuánto cuesta realmente vender un inmueble, nuestra recomendación será siempre hacer una previsión de cuál será el importe de esos gastos para no llevarse sorpresas en el último momento.

  1. Cancelación de carga hipotecaria
    Lo primero que hay que tener en cuenta es si el inmueble que está en venta tiene alguna carga hipotecaria. La transmisión debe realizarse siempre libre de cargas, por tanto, si todavía existe una hipoteca en vigor y con carga pendiente, habría que cancelarla abonando la cantidad estipulada en el contrato con el banco por la cancelación de la misma y como trámite para dejar el inmueble listo para la venta.
    Esta cantidad suele oscilar entre el 0,5 y el 2 % de la cantidad pendiente por pagar y es gestionada normalmente por el propio banco a través de sus servicios de gestoría.
  1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
    En el caso de que con la venta se produzca una ganancia respecto al momento en que se adquirió, hay que dejar constancia de ello en la declaración de la renta de ese año y pagar por ello. En el caso de que hubiera pérdida, no habrá que tributar.
    En este sentido existen algunas otras exenciones a este impuesto, por ejemplo, cuando la ganancia que se ha conseguido en la venta se reinvierte en una nueva primera residencia, invirtiendo todo el dinero en la nueva compra y durante los dos años siguientes a la operación, o si es una residencia habitual de vendedores mayores de 65 años y se use el beneficio para constituir una renta vitalicia.
  1. Plusvalía municipal
    Este impuesto obligatorio es común a todos los vendedores, y a diferencia de los anteriores es idependiente de la edad del vendedor y el tipo de inmueble. También se denomina Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, y se calcula en función de una serie de coeficientes que cada Ayuntamiento establece, y por tanto, habrá de consultarse para cada caso en particular la cantidad a pagar, en función de la localización del inmueble.

Por supuesto, lo ideal es ponerse siempre en manos de un profesional, para contar con su ayuda y asesoramiento en el caso de dudas que puedan surgir. Ir acompañado de alguien experto aporta seguridad y tranquilidad, y hace que el proceso de venta sea mucho más agradable.
En Agencia Asturias, podrás tener un asesor inmobiliario de tu confianza que te acompañará durante todo el proceso de la venta y además te informará sobre los gastos que tendrás que asumir y las posibles exenciones según tus circunstancias particulares, y se encargará de que todo esté preparado para que vayas a firmar a la notaría con la garantía de que todo irá sobre ruedas.

¿Te ayudamos? Visita nuestra oficina mas cercana o rellena nuestro formulario de contacto y nosotros te llamamos.

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